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ERTE

Expediente de Regulación Temporal de Empleo. ERTE en sus siglas, es una figura que con motivo del COVID-19 está en boca de todos. Y ¿en qué medida la empresa puede formalizar un ERTE y como nos afecta? Los motivos los tenemos tasados en el art. 47 del Estatuto de los Trabajadores. En este momento el motivo principal sería por causas de fuerza mayor, el estado de alarma provoca a muchas empresas la paralización de su actividad. Hay que destacar que a este procedimiento puede acceder cualquier empresa, sin distinción por tipo, tamaño u otros aspectos. Pero se aplica solo para crisis temporales. Es por ello por lo que el empresario se ve en la obligación de comunicar a todos sus trabajadores por escrito la motivación por la que no se debe acudir al puesto de trabajo e informar del trámite del ERTE por causa de fuerza mayor. Además, debe informar, una vez aceptado el ERTE, la comunicación válida para tramitar la prestación por desempleo. En cuanto a lo

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